El SAT extenderá los horarios de atención en oficinas durante los días hábiles de abril de 8:30 a 18:00 horas y los sábados del mes de 9:00 a 16:00 horas.

Quedan muy pocos días para presentar tu declaración anual de impuestos. Si eres persona física, tienes hasta el 30 de abril para cumplir con esta obligación fiscal.

Se trata de una revisión sobre los ingresos y las deducciones que hayas hecho a lo largo del año 2021 por concepto del Impuesto Sobre la Renta (ISR), también representa una oportunidad como contribuyente para generar un saldo a favor, si reportaste gastos para la deducción de impuestos.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene su sitio para que los contribuyentes puedan cumplir con este requisito de manera fácil y rápida. Ahí encontrarás el apartado de la Declaración Anual 2022 que corresponde al Ejercicio 2021.

Desde esta plataforma se puede solicitar la contraseña o renovarla, así como renovar la firma electrónica (e-firma) que es la firma electrónica vigente.

Es de destacar que sólo requieres la contraseña para presentar la declaración de impuestos y, únicamente en el caso en que se obtenga saldo a favor mayor a 150 mil pesos se solicitará la e-firma, o bien, si se va a modificar la cuenta CLABE del banco, de lo contrario no se requiere.

¿Quiénes deben presentar su declaración anual?

  • Personas físicas que hayan obtenido ingresos superiores a 400 mil pesos, ya sea que cobren por honorarios o sean asalariados y reciban su pago por medio de nómina.
  • Personas que trabajaron para dos o más patrones de manera simultánea; si el pago viene del extranjero o de personas que no están obligadas a retener; si obtuvieron ingresos por indemnización o jubilación; o si tuvieron ingresos diferentes a su salario.
  • Quienes ofrecieron sus servicios profesionales por su cuenta, y emitieron comprobantes de honorarios. Personas con actividades empresariales.
  • Los que recibieron ingresos por la renta de algún inmueble (departamento, casa o local comercial), quienes recibieron intereses o dividendos (inversiones), si vendieron algún bien o lo compraron.

¿Cuáles son los gastos deducibles?

  • Gastos médicos y hospitalarios
  • Primas de seguros de gastos médicos
  • Colegiaturas en instituciones de educación privada
  • Gastos funerarios
  • Intereses efectivamente pagados por créditos hipotecarios
  • Donativos
  • Aportaciones complementarias a los planes personales de retiro
  • Pago por impuestos locales por salarios.
  • Transporte escolar

Fecha límite

No olvides que la fecha límite para cumplir con la declaración anual es el 30 de abril, por ello el fisco extenderá los horarios de atención en oficinas durante los días hábiles de abril de 8:30 a 18:00 horas y los sábados del mes de 9:00 a 16:00 horas.

También en MarcaSAT de lunes a viernes de 8:00 a 18:30 horas y los sábados 2, 9, 23 y 30 de abril, de 9:00 a 14:00 horas.

Desde cualquier parte del país al 55 62 72 27 28 y para el exterior del país al (+52) 55 62 72 27 28.

Igual puedes hacerlo vía chat: http://chat.sat.gob.mx.

Finalmente, si necesitas atención personal puedes acudir a las Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, en los días y horarios siguientes: lunes a viernes de 8:30 a 18:00 horas y los sábados 2, 9, 23 y 30 de abril de 9:00 a 16:00 horas.

¿De cuánto es la multa por no presentar la declaración anual?

El SAT puede multarte por diversas razones, por ejemplo, si no presentas la declaración anual a tiempo, si tiene errores o está incompleta.

La multa va de los mil 560 pesos a los 38 mil 800 pesos, según lo establecido en el artículo 82 del Código Fiscal de la Federación (CFF).

Por cada declaración solicitada, aviso o constancia que se encuentre fuera del plazo establecido se aplicará una multa que va dese los mil 400 a los 34 mil 730 pesos.

En tanto, la multa relacionada con contribuciones adicionales va desde los mil 400 pesos hasta los 17 mil 370 pesos.

TIPS ANTES DE PRESENTAR TU DECLARACIÓN

  • 1 Revisa la vigencia de tu contraseña o de la firma electrónica, en el micrositio puedes realizar esta actualización.
  • 2 Consulta qué puedes deducir y verifica los comprobantes en un apartado denominado Visor de nómina, que también está desplegado en la plataforma.

Una vez que hayas cumplido con estos pasos, lo que sigue es que tengas a la mano tu RFC a 13 dígitos con homoclave, pues es el ingreso a la plataforma, seguido de tu contraseña y en caso de ser necesario cuando tengas saldo a favor, la e-firma y los datos bancarios a tu nombre, para poder hacerte la devolución de impuestos.

¿Cómo se hace la devolución del saldo a favor?

A través de la e-firma y la cuenta bancaria que proporcionaste.

¿Qué hago si tengo saldo a favor? (Recuerda estas reglas)

Si tu saldo a favor es menor a 10 mil pesos y no tienes la e-firma, puedes enviar tu solicitud con la finalidad de que te regresen el dinero lo más pronto posible.

Si tienes un saldo a favor de entre 10 mil y hasta 150 mil pesos y además cuando le das en el botón “devolución” te aparece una cuenta de banco precargada, te puedes adherir al programa de Devolución Automática.

En caso de que tu saldo a favor sea mayor a 10 mil pesos, pero no cuentes con tu e-firma y tampoco esté precargada tu cuenta bancaria, será forzoso que tramites tu e-firma o que lo hagas con el formato electrónico de devoluciones.

Si tu saldo a favor es mayor a 150 mil pesos no te podrás adherir al programa de Devolución Automática y una vez que envíes la declaración vas a tener que realizar tu formato electrónico de devoluciones y solicitar ese importe a favor.

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